domingo, 6 de septiembre de 2009

 

Cr. Alejandro Gabriel Caridad

Especialista en federalismo fiscal

En los próximos días, el Congreso de la Nación tratará un proyecto de Ley que propone dejar sin efecto - para los años 2009 y 2010 - los principios básicos de la disciplina fiscal que deben observar la Nación, las Provincias y los Municipios con el fin de garantizar, la solvencia y sustentabilidad de las finanzas públicas a través de políticas fiscales sólidas, sostenidas y transparentes de mediano y largo plazo.

Este proyecto, desnuda el complejo frente fiscal que deban atravesar las provincias que a la luz de la actual coyuntura presentan serias dificultades para ejecutar sus presupuestos sin recurrir a mayor endeudamiento o modificar sus estructuras de gastos priorizando las erogaciones corrientes (sueldos, funcionamiento, etc.) sobre las de capital (infraestructura, obras públicas, etc.).

La adopción de estas medidas (mayor endeudamiento y gasto corriente) se encuentran en pugna con las sanas prácticas en el manejo de los fondos públicos que establece la Ley N° 25.917 de Responsabilidad Fiscal, cuyo cuerpo normativo tambalea ante la modificación propuesta.

Dicho esto, resulta relevante identificar las causas que llevaron a tomar esta iniciativa, para lo cual es importante repasar el desarrollo de la economía Argentina en los últimos años y su incidencia en el Sector Público.

En efecto, a partir del año 2003 y hasta fines de 2008 como consecuencia del círculo virtuoso generado por: el tipo de cambio post convertibilidad, los volúmenes exportados en función de la mayor demanda mundial y los precios de los comodities de los productos agropecuarios; la economía Argentina creció a un ritmo real no inferior al 7 % anual.

Este crecimiento, se tradujo en una notable mejora del perfil fiscal de la Nación, las Provincias y sus Municipios que en pocos años modificaron una situación de déficit crónico por otra de superávit, o al menos, de equilibrio presupuestario.

A este escenario alentador, debe agregarse la excepcional mejora de los recursos Nacionales como consecuencia del importante incremento de los Derechos de Importación y Exportación (no coparticipados con provincias) y la mejora en la recaudación del Impuesto a los Débitos y Créditos Bancarios cuyo producido se coparticipa con las provincias en un 30%, mientras que el 70 % restante corresponde al Gobierno Federal en orden a la afectación específica creada en el año 2001, en el marco de la Ley de Emergencia Económica.

En este contexto de bonanza económica y fiscal, en el año 2004 se sanciona la Ley Nº 25.917 de Responsabilidad Fiscal, la cual crea pautas que limitan el gasto público y el uso del endeudamiento de la Nación, las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El régimen además, establece normas básicas para formulación y ejecución presupuestaria sobre la base de las pautas marcofiscales que anualmente distribuye la Nación a las Provincias en oportunidad de formular su propio presupuesto.

Con el fin de asegurar el financiamiento de los gastos que se incluyen en cada presupuesto, las provincias adoptan las pautas macrofiscales que contienen la estimación de los recursos que efectivamente se espera percibir en el periodo que se está presupuestando, de conformidad a los términos de régimen de responsabilidad fiscal.

Este mecanismo, es como cuando una familia proyecta gastos sobre la base de los ingresos que tiene cada uno de sus integrantes y cuando los gastos excedan los ingresos familiares se debe recurrir a generar otras fuentes de financiamiento (créditos personales, uso de tarjetas de crédito y en el peor de los casos, venta de bienes para pagar alguna deudas que no pueden ser atendidas con esos ingresos), la responsabilidad fiscal, también limita tanto el gasto como el uso del endeudamiento.

En este contexto, el Gobierno Nacional, el 31 de agosto de 2008 informo las pautas macrofiscales proyectadas para el año 2009 (límite de endeudamiento, de gasto, tipo de cambio, crecimiento del PIB, recaudación y distribución proyectada, etc.), y sobre estos lineamientos las provincias elaboraron sus presupuestos para dicho año.

Con posterioridad a la crisis del mercado de capitales desatada a fines de 2008, el mundo cambio y la Argentina no fue ajena a la recesión externa e interna que se tradujo en menores niveles de inversión, actividad, disminución de exportaciones, caída del consumo, disminución de las utilidades de las empresas, que fueron las causas que en muy pocos meses, ocasionaron importantes disminuciones de los tributos recaudados por la Nación, parte de los cuales, se coparticipan con las provincias de conformidad al régimen de distribución de la Ley Nº 23.548.

La disminución de la recaudación fue tal que, para el ejercicio corriente los niveles de recursos tributarios percibidos se ubican muy por debajo de los montos consignados en los respectivos presupuestos Nacionales Provinciales y Municipales, situación esta, que trae como consecuencia directa la existencia de gasto público presupuestado sin fuente genuina de financiamiento.

Esta compleja situación se resuelve de dos formas:

1. La celebración de un nuevo Acuerdo Fiscal entre Nación, Provincias y la CABA que reasigne fondos nacionales al conjunto de provincias, lo cual de algún modo sería desandar el Laberinto de la Coparticipación, que en la época de la post converibilidad hizo que la Nación concentre mucho poder económico y mayores actividades estatales, en detrimento de las provincias que no participaron en la misma proporción de las mayores recaudaciones obtenidas en ese periodo.

2. Liberar el límite de endeudamiento permitido a las provincias por el régimen de responsabilidad fiscal vigente, para que estas puedan cumplir con los gastos presupuestados en el ejercicio 2009, y permitir el incremento del gasto corriente en detrimento del gasto de capital. Esta alterativa es riesgosa porque compromete el futuro de las finanzas provinciales en el corto y mediano plazo.

El proyecto de Ley impulsado recepta la segunda alternativa, proponiendo modificaciones que dejan sin efecto pautas básicas de disciplina fiscal referidas al límite del gasto público corriente y al endeudamiento por los años 2009 y 2010.

En la historia del federalismo fiscal de nuestra joven República, una vez más las provincias son espectadoras de los mecanismos que emplea la Nación para evitar hacer su propio ajuste, y en este contexto, es de esperar que sea la propia Nación la que asista con fondos al conjunto de provincias que deberán endeudarse para paliar sus déficit fiscales y atender sus gastos muchos de los cuales son inflexibles (sueldos, servicios básicos del estado)

Nuevamente quedará la sensación que el Gobierno Federal presta el mismo dinero a las provincias que alguna vez les detrajo mediante los numerosos Pactos Fiscales que en forma sistemática y recurrente direccionaron recursos de las provincias a favor de una Nación que siempre encontró argumentos para evitar hacer su propio ajuste o seguir concentrando poder económico en detrimento de las unidades constitutivas de la República: las Provincias.

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